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miércoles, 17 de septiembre de 2014

El RDL 11/2014: ¿Cuántas personas perderán su casa, por esta nueva tropelía?

El gobierno perjudica nuevamente a los afectados por las hipotecas, con plena nocturnidad y alevosía, camuflando en un RDL, un derecho que usurpó.

Menudo revuelo hay en todas las PAH de España. ¡No ha colado, asquerosos maleantes, hampa del capital!, aunque es verdad que nos queda poco tiempo hasta el 6 de octubre. Pero no nos vamos a callar. El gobierno mas truhán de cuantos han gobernado jamás en España, al menos en lo que a trampas legislativas para favorecer y amparar a los bancos en perjuicio de los afectados por las clausulas abusivas hipotecarias y de la ciudadanía con hipotecas en general, se refiere, este gobierno del PP, vuelve a desoír a Europa que, desde el Tribunal Superior de Justicia europeo (en lo sucesivo TJUE), le aplica nuevamente en materia de desahucios, una reprimenda considerable. Lo bochornoso es que este gobierno, en lugar de hacer caso, le toma el pelo, en una burla inusitada de un país mínimamente serio y mas propia de los Reinos Bananeros.

Y es que en lugar de corregir, ya no por la ciudadanía -a la que no le duelen prendas con engañar una y otra vez-, sino por el mandato del TJUE, vuelve a buscarse las tretas y excusas de mal pagador para intentar engañar nuevamente. Probablemente lo que pretenden ocultar con esta mascarada, es que se conozca lo vergonzoso de un ministerio que debiendo reformar una pésima ley, por mandato europeo, ni lo hicieran bien entonces, ni lo hayan hecho ahora.
Lo explicaré brevemente, pero ya anticipo un mensaje a quienes aún creen que el PP es un partido honrado, porque con su apoyo se están convirtiendo en cómplices de la ruina, pobreza y muerte de muchas personas de este país. Ya no bastan las neutralidades, ni el mirar para otro lado. Esto ya no es ROBAR, ya no es PREVARICAR, ya no es CORROMPERSE. Es sencilla y llanamente DESAHUCIAR, MATAR, ASESINAR y empujar al SUICIDIO. Y no voy a usar el correcto “presuntamente” porque esto es lo que está pasando y estando advertidos. Espero que en las calles, -y en las urnas-, este país hable. Pero vayamos a los hechos:

El pasado 6 de septiembre, en una escondida ley concursal (que nadie buscaría si lo que está tratando son temas procesales), en sábado, y mediante un Real Decreto Ley, -RDL 11/2014- para hurtar de nuevo el debate en el parlamento y la difusión en los MCS, este incalificable gobierno, publicaba una Disposición Transitoria 4ª y Disposición final 3ª que vulnera la Ley y el Derecho con evidente dolo y mala fe, para torear la reprimenda del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que en su Sentencia de 17 de julio de 2014, le ponía de manifiesto su torticero hacer a favor de los bancos y en perjuicio de los afectados por las hipotecas.

Esto no es algo que denuncie un iletrado como yo, sino que además de estar analizándose con inusitada urgencia en casi todas las PAH españolas, (hoy ya se están dando diversas ruedas de prensa para denunciarlo), ya lo han advertido y denunciado insignes juristas, magistrados y abogados como:
1. Los magistrados de la Audiencia Provincial de Castellón que elevaron al TJUE la cuestión prejudicial que ha dado lugar a la sentencia de 17 de julio de 2014,
2. La abogada, profesora y bloguera madrileña, Verónica del Carpio, quien ha escrito en su blog "La técnica legislativa como arma del Poder: un ejemplo concreto grave"
3. El decano del Colegio de Abogados de Cartagena, D. José Muelas, en su artículo que recomiendo “Ojo al plazo camuflado” de quien transcribo el resumen del problema:
…El Tribunal de Justicia de la Unión Europea volvió a sacar los colores al gobierno de España al obligar al Gobierno a permitir que los afectados pudieran recurrir una resolución hipotecaria, pues el Congreso fijó al reformar la ley de enjuiciamiento civil que solo los bancos pudieran hacerlo y eso sólo tras otro varapalo europeo histórico a nuestra legislación que obligó al gobierno a modificar la legislación en materia de ejecuciones hipotecarias. La reforma que el gobierno llevó a cabo se hizo desde una óptica tan pro-bancaria que nuevamente el TJUE, a los pocos meses, se vio obligado a condenar al gobierno de España por no conceder la posibilidad de recurrir al deudor hipotecario y sí a los bancos la resolución desestimatoria a que se refiere el párrafo primero del apartado 4 del artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Se esperaba ver cómo el gobierno corregiría esta vergonzante situación y lo ha hecho de la peor manera posible: mediante la inclusión de una disposición transitoria en un denominado “Real Decreto de Medidas Urgentes en Materia Concursal”. El procedimiento no puede ser más desgraciado ni menos respetuoso con los afectados, camuflado en medio de una norma aparentemente concursal aparece una disposición de carácter procesal que otorga a los administrados el plazo de un mes para recurrir con indicación de que el plazo comienza a correr con la publicación de la norma. Resulta difícil encontrar un medio más obscuro y abstruso y que despiste más a los administrados. En cualquier caso abogado, ojo al plazo
”.

Lo que estamos planteándonos desde Stop Desahucios Albacete es OPONERNOS EN APELACION A TODAS LAS EJECUCIONES HIPOTECARIAS, -se hubiera reclamado o no-, ya que como el TJUE ya sancionó al gobierno de Hungría, con la sentencia de Erika JOROS contra Aegon, se condeno a este país “por regular el recurso de apelación condicionado a que se hubiera planteado en primera instancia”; en definitiva lo mismo que ha hecho España con la citada disposición transitoria cuarta aquí denunciada. Por no hablar de la Sentencia de Aziz que implicaría la suspensión de todos los procesos en trámite.
Por todo ello, desde la PAH de Albacete incluso estamos pensando ir mucho más lejos, ya que tenemos muy claro que esta leguleya norma no es conforme al derecho comunitario. ¿Cómo? Planteando -junto con la apelación y dentro del mes establecido- una solicitud de CUESTION PREJUDICIAL ante las diferentes Audiencias Provinciales precisamente por dicha VULNERACION del derecho comunitario, para que sea nuevamente el TJUE quien tome cartas en el asunto.
Finalmente y ya a nivel nacional, DOS acciones van a darse colectivamente en toda España:
• De un lado los recursos individuales con los que bombardearemos desde hoy mismo, los juzgados y para lo cual, los distintos servicios jurídicos de las diferentes PAC ya están preparando diversos KIT DE EMERGENCIA 2.0 en los que se incluyen Modelos de escritos para solicitar al Juez y/o decanatos, la nulidad de los procedimientos en trámite en base a las sentencias del TJUE para que todo el mundo, incluidos los abogados de oficio, puedan presentar estos recursos.
• Y por otro las acciones que se están organizando por la PAH estatal- para el próximo 23 de septiembre en toda España. Lo que se exigirá es una Junta de Jueces, que trate, la suspensión inmediata de los procedimientos de Ejecución Hipotecaria por la repetida violación de los artículos 38 y 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y de otros Convenios Internacionales firmados por España y que conllevan la violación de DDHH. No podemos callarnos más o seremos cómplices de estas muertes, suicidios y empobrecimiento de tantas personas afectadas.
Junt@s somos imPAHrables. ¡Claro que podemos!

PARA SABER MÁS:
1. La PAH exige que el gobierno defienda los derechos de sus ciudadanos, tras un nuevo varapalo de la UE.

2. Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio en los procedimientos de ejecución.


3. “La técnica legislativa como arma del Poder: un ejemplo concreto grave" por Verónica del Carpio.


4. “Ojo al plazo camuflado” de José Muelas.